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 ÁREA PRIVADA

Acuerdo de colaboración para la presentación telemática por cuenta de terceros de declaraciones tributarias en la Comunidad de Madrid

Acuerdo de colaboración para la presentación telemática por cuenta de terceros de declaraciones tributarias en la Comunidad de Madrid
 Fecha:
 10/02/2022
 Fuente:
 Colegio Profesional de Economistas de Granada - Consejo General de Economistas

Ya está en vigor el Acuerdo de colaboración firmado entre nuestro Colegio y la Comunidad de Madrid para la presentación telemática por cuenta de terceros de declaraciones tributarias correspondientes a los tributos gestionados por la Administración Tributaria de dicha comunidad, a través de la Oficina Virtual del Portal del Contribuyente www.madrid.org

En el momento de la firma del presente acuerdo, están plenamente operativos los Programas de Ayuda y la gestión por medios telemáticos de los siguientes tributos:

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelos de autoliquidación 600, 601, 610, 615, 620 y 630)
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (modelos de autoliquidación 650 y 651)
  • Tasa Fiscal sobre el Juego (modelos de autoliquidación (041,042, 043,y 048)
  • Impuesto sobre Depósito de Residuos (modelo de autoliquidación 670) 

Requisitos para la utilización del sistema de presentación y pago telemático de declaraciones tributarias en nombre de terceras personas
La confección de las autoliquidaciones se realizará únicamente utilizando los Programas de Ayuda (G@TA) elaborados por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de Madrid que permiten la generación de un fichero para la presentación telemática de las mismas. Podéis consultar los detalles en el propio Acuerdo adjunto.

En el Portal del Contribuyente se recogen las instrucciones para la presentación telemática de las declaraciones tributarias en la oficina virtual, así como la descarga de los Programas de Ayuda (G@TA).

Desde la Oficina Virtual, podréis realizar las siguientes acciones:

- Importar ficheros generados por el Programa de Ayuda G@TA para subir las autoliquidaciones desde el ordenador personal o el servidor de red donde esté instalado el Programa de Ayuda hasta la Oficina Virtual tributaria.

- Gestionar las autoliquidaciones:

o Consultar su estado.
o Visualizar o imprimir los ejemplares de la autoliquidación y sus anexos, si ya ha sido presentada.
o Realizar el pago y la presentación telemática de las declaraciones tributarias.

- Dar de alta a otros usuarios de su organización y definir el perfil de cada uno de ellos en función de su grado de responsabilidad.

 

Podéis solicitar vuestra adhesión a este convenio de colaboración social siguiendo las instrucciones que encontraréis al respecto en sección "Trámites para Colegiados" en la Ventanilla Única del Colegio.